La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) afirmó que los operadores moviles deben suspender Uber; la transmisión y alojamiento de datos de la plataforma en cuanto a los servicios de transporte.
“(…) para que suspendan la transmisión, el alojamiento de datos, el acceso a las redes de telecomunicaciones o la prestación de cualquier otro servicio en relación con la aplicación tecnológica Uber«. Indica la carta firmada por el secretario del Grupo de Trabajo de Competencia Desleal y Propiedad Industrial.
Con esta de decisión, la Superindustria resolvió la demanda interpuesta por Cotech S.A. en contra de Uber por competencia desleal por ausencia de regulación.
Según Nicolás Alviar, demandante en representación de la empresa Cotech, los operadores moviles deben suspender Uber en cuestión de un mes.
Alviar reveló que planea iniciar procesos por competencia desleal en contra de DiDi, Beat, entre otras plataformas de movilidad compartida que están en el país.
Por su parte, Uber, apeló la sentencia de manera inmediata, cuestionó los alcances de la medida pues asegura que afecta a más 2 millones de ciudadanos en Colombia que usan la aplicación y a los 88 mil socios conductores y sus familias.
Afirma que el “fallo va en contra del ordenamiento jurídico colombiano” y que “violó el debido proceso y los derechos constitucionales, ordenando el cese de prestación de servicio de Uber”.
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